El Principio de Progresividad y su aplicación jurisdiccional
DOI:
https://doi.org/10.70940/relet.2011.429Resumo
El derecho laboral, ese derecho que nace profundamente desigual para tratar de lograr la igualación entre aquel que solamente tiene su fuerza laboral como medio para obtener una subsistencia digna y el requirente de trabajo humano, que posee la fuerza del capital a la hora de la negociación de las condiciones laborales y salariales, tuvo más allá de esa situación de hiposuficiencia y estado de necesidad que se proclama, un momento en el devenir histórico, en la así llamada época de los “30 gloriosos años” o del “eterno progreso”, el germen de lo que estamos analizando en este trabajo, a saber la posibilidad normativa y de aplicación jurisdiccional en un sentido unidireccional ascendente, o quizás con más precisión, utilizando su criterio de negación, la imposibilidad regresiva, tanto en lo que hace al momento de la sanción de las leyes (o de otros instrumentos que conforme al esquema de fuentes adquieren idéntica fuerza normativa, más allá que no emanen de fuente heterónoma en su sanción, sino de la representación colectiva, real o
virtual de los sectores involucrados en la relación laboral –como son ciertos estatutos particulares y los convenios colectivos de trabajo-) como al de su ejecución contractual, involucrando en ello lógicamente las etapas terminales de la contratación.